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Normativa y seguridad·Actualizado el ·6 min lectura

Chaleco Reflectivo para Moto en Colombia: Qué Exige la Norma

Respuesta rápida

Sí. En Colombia el conductor de moto y su acompañante deben llevar chaleco o chaqueta reflectiva entre las 18:00 y las 6:00 del día siguiente, y siempre que la visibilidad sea escasa. Lo exige el artículo 94 de la Ley 769 de 2002, el Código Nacional de Tránsito. No hace falta que la prenda lleve el número de la placa: esa exigencia desapareció con la Ley 2251 de 2022.

En Colombia, el conductor y el acompañante de una moto deben usar un chaleco o una chaqueta reflectiva visible entre las 18:00 y las 6:00, y también cuando la visibilidad sea escasa. No se exige que la prenda lleve la placa. Un morral o unos guantes con reflectivos ayudan a ser visto, pero no reemplazan la prenda. La infracción por incumplir esta regla se codifica como C.24. Esta guía distingue la obligación legal de las recomendaciones para elegir una prenda útil.

Chaleco reflectivo en moto: qué dice la norma

El artículo 94 de la Ley 769 de 2002 establece que los conductores de motocicletas, motociclos, mototriciclos, bicicletas y triciclos deben vestir "chalecos o chaquetas reflectivas de identificación" visibles entre las 18:00 y las 6:00 y cuando haya poca visibilidad. Ese inciso conserva la redacción de 2002: las leyes posteriores no lo modificaron.

El Ministerio de Transporte lo ha reiterado en sus conceptos jurídicos. En el concepto 20241341208971 del 30 de septiembre de 2024 recuerda el horario de 18:00 a 6:00 y señala que la norma no contempla excepciones.

¿Es todo el día o solo de noche?

La obligación va de 18:00 a 6:00, más cualquier momento de poca visibilidad: lluvia fuerte, niebla, túneles o vías sin iluminación. En algunos medios regionales circuló la idea de que la Ley 2251 de 2022 la extendió a todo el día. El Ministerio de Transporte no lo interpreta así. Fuera de esos supuestos puede elegir usarla para mejorar su visibilidad, siempre que la prenda le ajuste y resulte compatible con el clima. La guía de seguridad en motocicletas separa esta obligación de otras medidas preventivas.

¿Tiene que ser un chaleco?

No. La ley dice chaleco o chaqueta. En el concepto 20251341300081 del 7 de octubre de 2025, el Ministerio de Transporte considera prenda reflectiva cualquier vestimenta que incorpore materiales reflectantes, como bandas cosidas o adheridas. Una chaqueta de moto con material reflectivo cumple, y un chaleco sobre la chaqueta también.

¿Hay que llevar la placa en el chaleco o en el casco?

Ya no. La exigencia cambió tres veces:

NormaQué exigía
Ley 769 de 2002, art. 96 originalChaleco reflectivo con el número de la placa
Ley 1239 de 2008Placa en el casco, no en el chaleco
Ley 2251 de 2022No se puede exigir la placa en el casco

Hoy ninguna norma vigente pide la placa en la prenda ni en el casco. El manual de infracciones de 2022 todavía transcribe el texto antiguo sobre el casco, pero la ley posterior prevalece.

¿Y el acompañante?

Tiene la misma obligación y en el mismo horario. El numeral 2 del artículo 96, en la redacción de la Ley 2251 de 2022, exige al acompañante usar casco y "la prenda reflectiva exigida para el conductor".

¿Cuál es la multa?

No usar la prenda reflectiva se sanciona con la infracción C.24 del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito: conducir motocicleta sin observar las normas del código. Es una multa tipo C. El valor monetario cambia con las tarifas vigentes. Consulte el monto actualizado en el organismo de tránsito competente antes de usar una cifra de una tabla antigua. No encontramos una norma que ordene inmovilizar la moto por esta infracción; la inmovilización está prevista de forma expresa para quien no usa casco.

¿Hay especificaciones técnicas obligatorias?

No. Según el mismo concepto del Ministerio de Transporte de octubre de 2025, no existe una disposición que fije de forma obligatoria las características técnicas de los chalecos o prendas reflectivas. La norma técnica colombiana NTC 5563 sobre prendas de alta visibilidad existe, pero no se ha vuelto obligatoria. Por eso la ley no fija un color, un área mínima ni un material.

La Resolución 1737 de 2004, que a veces se cita en este tema, trataba sobre el casco y fue derogada por la Resolución 1080 de 2019.

¿Sirven un morral o unos guantes reflectivos en lugar del chaleco?

No. El concepto 20261340876601 del Ministerio de Transporte, publicado el 19 de junio de 2026 aclara que los accesorios reflectivos pueden mejorar la visibilidad, pero no sustituyen el chaleco o la chaqueta reflectiva de identificación exigidos por el artículo 94. Si usa morral, compruebe además que no oculte las bandas de la prenda. Para consejos prácticos de visibilidad y luces, lea nuestra guía para rodar en moto de noche.

¿Una chaqueta impermeable reflectiva necesita otro chaleco encima?

Según el mismo concepto, si el impermeable que lleva puesto es una chaqueta reflectiva de identificación visible, la norma no exige sumar otro chaleco encima. El Ministerio advierte que esto debe verificarse en cada caso: un impermeable sin material reflectivo visible no cumple solo por proteger de la lluvia. Revise la prenda con la moto y el morral puestos, de frente, de lado y por detrás.

Si trabaja en moto

Si usted es mensajero, domiciliario o escolta, las normas de tránsito aplican igual. Además de las reglas de tránsito, el empleador debe gestionar los riesgos de la tarea y suministrar los EPP que resulten necesarios según el Decreto 1072 de 2015. El Decreto 676 de 2020 contiene reglas sobre suministro a contratistas; su aplicación debe revisarse según el vínculo concreto. No existe una lista universal de marcas o modelos de chaqueta que por sí sola satisfaga el SG-SST. Para la compra de una flota, la guía de ARL y EPP para mensajeros ayuda a separar tránsito, dotación laboral y protección definida por riesgos. En dotación para motorizados puede solicitar fichas y tallas, sin presumir características no publicadas.

Cómo elegir la prenda

  • Compruebe que la prenda reflectiva quede visible con casco, chaqueta e impermeable puestos; un morral puede tapar la espalda.
  • Si ya tiene chaqueta de protección, pruebe una capa reflectiva encima sin limitar movimientos ni desplazar los protectores. La ficha de la chaqueta Doble Faz es una opción para verificar talla y materiales, sin atribuirle prestaciones no documentadas.
  • Si prefiere una sola chaqueta, compruebe por separado los reflectivos visibles, el material de la prenda y las etiquetas de los protectores incluidos. No traslade la certificación de un protector a toda la chaqueta.
  • Compare fichas vigentes en chaquetas reflectivas para moto, y siga las instrucciones de limpieza de cada referencia.

Este artículo es informativo y no reemplaza la asesoría jurídica ni la instrucción de la autoridad de tránsito. Revisado el 30 de septiembre de 2026.

Cómo comprobar la visibilidad con su equipo real

El requisito habla de una prenda visible. Revísela con la configuración de conducción completa, no solo en el perchero: casco, chaqueta, impermeable y morral o caja de reparto. Observe frente, lados y espalda. Si la maleta oculta las bandas posteriores, ajuste la prenda o la carga para que conserve superficies visibles; una cinta en la maleta puede ayudar, pero no sustituye automáticamente el chaleco o chaqueta exigido. También compruebe que ninguna correa quede cerca de la rueda o limite los controles.

La NHTSA distingue colores visibles de día y materiales retrorreflectivos útiles de noche. Esto es orientación de seguridad, no una norma técnica obligatoria para cualquier chaleco colombiano. Una superficie brillante en una foto no permite verificar cómo devuelve la luz; pregunte por la ficha y observe el estado de las bandas. La suciedad y el desgaste pueden reducir su utilidad. La visibilidad depende además de luces, posición en la vía, distancia y atención de otros conductores: la prenda no garantiza que lo vean.

Cuando llueve, pruebe el impermeable sobre el equipo que usa normalmente. Si tapa la prenda reflectiva, averigüe si ese impermeable constituye por sí mismo una chaqueta reflectiva visible según el concepto del Ministerio; no basta una promesa genérica de «alta visibilidad». Para elegir capas compatibles, consulte la guía de impermeables para domiciliarios en Bogotá. La prueba de ajuste debe hacerse sentado en la moto, con el morral si lo lleva a diario.

Preguntas frecuentes

¿Puedo usar chaqueta reflectiva en vez de chaleco?

El artículo 94 menciona chaleco o chaqueta reflectiva. Debe ser visible en el horario y las condiciones exigidas. Compruebe el caso concreto si un impermeable o una carga tapa sus bandas.

¿Debe aparecer mi placa en la prenda?

No. La exigencia de placa en el chaleco y la del casco cambiaron mediante las normas citadas arriba. Conserve la prenda reflectiva visible aunque no lleve identificación de placa.

¿Unos guantes o un morral reflectivos bastan?

No sustituyen la prenda descrita por el artículo 94, según el concepto del Ministerio de Transporte de junio de 2026. Son complementos de visibilidad.

¿Puedo confiar en una cifra de multa de un artículo antiguo?

No. La clasificación C.24 es la referencia descrita por el Ministerio; el valor vigente debe confirmarse en el organismo de tránsito competente al momento de la consulta.

Fuentes

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